Estimados colegas:
El Colegio Notarial nos ha advertido varias veces que debe rechazar traducciones con firma legalizada por la falta de apostilla previa a la traducción. Los traductores no le advierten al cliente que debe apostillar cierto tipo de documentos antes de traducir.
Luego de la legalización, muchas traducciones vuelven a pasar por el Colegio Notarial antes de salir del país y allí se advierte que, por ejemplo, una partida de nacimiento no tiene la apostilla que la certifica.
Les rogamos a los colegas que se informen en el CTPPM o en el Colegio Notarial directamente (por teléfono, y preguntar por Carlos Sellanes) sobre la apostilla y los documentos que deben apostillarse antes de traducir. De esa manera, le damos al cliente un servicio que nos agradece, y le evitamos el mal momento (y el enojo) cuando descubre que ha gastado dinero y tiempo.
Les dejamos esta lista como orientación:
Documentos que requieren Apostilla de la Haya para poder ser utilizados en el exterior:
- Partida de nacimiento
- Partida defunción
- Acta de casamiento
- Titulos Universitarios
- Estatutos Societarios
- Sentencias Judiciales
- Certificado legalidad licencia de conducir
- Certificado de antecedentes penales
- Poderes Notariales
- Escrituras
- Sucesiones
Muchas gracias y no duden en consultarnos.
El Consejo Directivo